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¿Qué dice la ley frente a un arreglo extrajudicial con resultado de muerte?
16-04-2022
Ha pasado ya muchos días después del trágico accidente de Gerly Augusto Más Camus, quién conducía su moto y fue impactado por la camioneta del sub gerente regional de Condorcanqui Hermógenes Lozano Trigoso, para ser más exactos el viernes 1 de abril por la noche en la carretera Pedro Ruiz – Chachapoyas, abandonó el lugar y posteriormente, fue intervenido por las Rondas Campesina de Utcubamba, confesando su culpabilidad y comprometiéndose a pagar la suma de 165 mil soles en partes, con un adicional de 15 mil soles para la búsqueda.
Esfera Radio en entrevista con el abogado Lewis Cotrina Vilca, del Estudio Cotrina Abogados, indica que la conciliación es uno de los mecanismos de la solución de conflictos previstos en la legislación peruana sin embargo, en el ordenamiento jurídico penal no hay precepto legal que establezca la conciliación sobre el hecho común, no está fundamentada para solucionar un hecho punible que es la muerte de una persona, sin embargo hay que tener en cuenta el concepto de delito de bagatela de uso común hoy en día, que alude al hecho delictuoso de escasa responsabilidad y de allí parte el código procesal vigente establecida como parámetros que traten o dicten una pena delictiva no mayor de dos años.
Si bien es cierto las rondas campesinas han intervenido en este conflicto que existe por el fallecimiento de la persona, ellos tienen la potestad de conciliación extrajudicial, pero dentro de su territorio; habría que analizar por parte de las autoridades donde se ha realizado el hecho ilícito, típico de la muerte y el arreglo hacia los familiares. Es un trabajo minucioso que deben realizar los representantes del Ministerio Público.
La conducta del funcionario público hay que tenerlo presente en base al artículo 46 donde que el buscaría una atenuancia a su conducta, lo cual es procurado voluntariamente, después de haber consumado el delito y la disolución de sus consecuencias, procura reparar voluntariamente el daño ocasionado a las consecuencias derivadas del peligro o presentarse a las autoridades después de haber cometido la conducta punible, sino se ha realizado dentro de este tipo de circunstancias que ya prescribe el código penal, se agravaría la situación de la persona emergida en este hecho ilícito.
Por lo tanto, al no encontrarse el cadáver íntegro con una identificación plena, el causante tiene que atender las investigaciones y los medios de comunicación idóneos para esclarecer los hechos. Los recursos probatorios determinarán la culpabilidad del autor, el monto acordado según el proceso penal es la reparación civil que, lo puede ejercer directamente los familiares o con un abogado particular, y si se diera el caso que los familiares no lo pueden realizar, pueden ceder a un representante del Ministerio Público. Luego de ello viene el juicio oral entre el emergente y el culpable, indicó.
Al momento la familia de Gerly, en pleno uso de su derecho guarda hermetismo, así también Hermógenes Lozano, ha evitado a toda costa declarar a los medios de comunicación. De igual modo el Ministerio Público tampoco se ha pronunciado, entendemos la reserva de las investigaciones, pero también es necesario informar, pues toda una comunidad expresó su indignación con los hechos y mostró su solidaridad.
Nota:
La entrevista se realizó antes del hallazgo de la parte faltante del cuerpo de Gerly Mas Camus, que fue encontrada esta tarde.
Esfera Radio
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